Haz tu acuerdo de estudios
Cuando realizas un intercambio bilateral, un programa de doble grado/titulación o una práctica profesional en el extranjero, puedes optar por una solicitud de convalidación, la cual puede ser aprobada o rechazada por tu unidad académica. ¡Sigue los siguientes pasos para realizar bien tu proceso de convalidación!
Pre-convalidación
- El estudiante confirma el cupo que le otorgó la VRAI para realizar un intercambio bilateral en la institución anfitriona.
- La VRAI proporcionará al estudiante el formulario «Acuerdo de Estudios», el cual equivale a una conversación informada entre el estudiante y su UA inmediatamente después de que el estudiante confirme el cupo que le otorgó la VRAI para realizar un intercambio bilateral.
- El estudiante, en conjunto con su UA, podrá evaluar una pre-convalidación de hasta diez (10) asignaturas tentativas previa revisión del catálogo de cursos de la institución anfitriona confirmada en el cupo de intercambio. En caso de que el estudiante no tenga claridad
de las asignaturas a inscribir en la institución anfitriona y/o la UA no tiene la capacidad para determinar dicha pre-convalidación, en el Formulario 1 se debe fijar los criterios y requisitos que la UA estima conveniente para realizar la convalidación de asignaturas al
retorno de la movilidad del estudiante. - Tanto el estudiante, como su UA, firman el Acuerdo de Estudios y mantienen una copia de este formulario.
- El estudiante tiene la obligación de dejar una copia de este formulario en su carpeta de intercambio previo al inicio de su intercambio bilateral.
Confirmación o modificación
- El estudiante tiene por obligación confirmar o modificar las asignaturas tentativas establecidas en el Formulario.
- El/la estudiante debe entregar a su unidad académica el Formulario 2: Modificación o Confirmación al Acuerdo de Estudios dentro de los primeros 30 días de haber comenzado el intercambio bilateral en el extranjero y/o haber inscrito de manera oficial cursos en la institución anfitriona, señalando las asignaturas definitivas que inscribió y adjuntando los programas académicos de cada una de ellas según las indicaciones entregadas por su UA. De igual forma, esto es aplicable a estudiantes que no pudieron completar una preconvalidación previo al inicio de su intercambio (paso 1, punto 4).
- Se define como modificación del Acuerdo de Estudio el envío de la carga académica oficial inscrita en la institución anfitriona que ha sufrido ajustes en alguna de las asignaturas previamente pre-convalidadas debido a: falta de vacante en la institución anfitriona, incompatibilidad de horarios, desinterés por inscribir la asignatura, asignatura no programa para el semestre de estudio, incumplimiento de los prerrequisitos necesarios para tomar la asignatura en la institución anfitriona, recomendación de la UA de cambiar la asignatura,
etc. - Para modificar, el estudiante debe rellenar el Formulario 2 indicando la carga académica inscrita y los ajustes realizados a dicha carga. Además deberá adjuntar los programas académicos de cada una de ellas, en el formato que le indique su UA respectiva (correo
electrónico, formulario, etc.) y dentro del mismo plazo establecido en el punto 2. La UA tiene un plazo de 10 días hábiles para indicarle al estudiante el estado de su solicitud y las instrucciones para efectuar el Paso 3 de este instructivo. De considerarlo pertinente, la UA
podrá solicitar cambios de alguna asignatura y/o tomar otra asignatura adicional. - Se define como confirmación de Acuerdo de Estudio el envío de la carga académica oficial inscrita en la institución anfitriona que no ha sufrido modificaciones según lo acordado en el punto de pre-convalidación del Formulario 1; o bien, el envío de la carga académica
oficial sin pre-convalidación, la cual se inscribió siguiendo los criterios y requisitos fijados por la UA en el Formulario 1. - Para confirmar, el estudiante debe rellenar el Formulario 2 y solicitar la validación de la carga académica a su UA, adjuntando los programas académicos en el formato que ésta le indique (correo electrónico, formulario, etc.) dentro del mismo plazo establecido en el
punto 2. La UA tiene un plazo de 10 días hábiles para indicarle al estudiante el estado de su solicitud y las instrucciones para efectuar el Paso 3 de este instructivo. De considerarlo pertinente, la UA podrá solicitar cambios de alguna asignatura y/o tomar otra
asignatura adicional. - En caso de modificación y confirmación, el estudiante tiene la obligación de dejar una copia del Formulario 2 en su carpeta de intercambio dentro del mismo plazo establecido en el punto 2.
Convalidación
- El proceso de convalidación se realiza de manera personal por el estudiante al retorno de su movilidad con su respectiva UA, y está sujeto al cumplimiento de lo especificado en el paso 1 y 2 de este instructivo de convalidación de asignaturas para la movilidad
estudiantil saliente. - El estudiante comprende y acepta que la convalidación de asignaturas se hará de acuerdo con los reglamentos vigentes a nivel de la institución y su Unidad Académica.
- Para poder optar a convalidación, el estudiante debe haber tenido un desempeño académico general adecuado y las asignaturas que desee convalidar deben haber sido aprobadas con nota igual o superior al mínimo de aprobación de la institución anfitriona.
- El estudiante deberá respetar el mínimo y/o máximo de créditos que la institución anfitriona y la UC le exijan inscribir y que haya señalado en el Acuerdo de Estudios o en su eventual Modificación.
- La UA podrá determinar un número mínimo de créditos a convalidar en un intercambio en el extranjero, sea éste presencial o completamente remoto. Se debe considerar que el número máximo de créditos a acumular es de 60 créditos UC en un semestre, o bien, los que la unidad académica permita con el acuerdo de la Vicerrectoría Académica. En el caso de cursos realizados en un intercambio mixto (presencial en UC y remoto en otra institución), el número máximo de créditos a inscribir debe incluir tanto el equivalente en créditos inscritos en la institución anfitriona como los de la UC.
- El Reglamento del Estudiante de Pregrado establece que la Facultad o Unidad podrá utilizar la calificación «C» (sin equivalencia numérica) para las convalidaciones de otras instituciones chilenas o extranjeras. Asimismo, se podrá calificar con una nota que se
considerará para el cálculo del promedio ponderado acumulado. La Vicerrectoría Académica entregará directrices a las Unidades para llevar a cabo estas convalidaciones. - En relación con el certificado de notas el estudiante tiene un plazo de 5 días hábiles para informar la llegada de sus notas a su UA y a la VRAI. La UA podrá determinar que es posible comenzar el proceso de convalidación con certificados de notas descargables de
los portales de las instituciones extranjeras, similar a la ficha acumulada que el estudiante descarga de su Portal UC, lo que permitiría iniciar el proceso de convalidación a la espera de las notas oficiales. Esta opción bajo ningún concepto reemplaza el certificado oficial
de notas ni permite oficializar una convalidación ante Registros Académicos. - La UA podrá determinar si acepta o no realizar convalidación de cursos que otorguen sólo certificado de asistencia o calificaciones del tipo Pass/No Pass, lo cual deberá ser informado al estudiante al momento de la firma del Formulario 1 y quedar estipulado en el mismo.